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   CAPÍTULO 26 - EMBARAZO CRONOLOGICAMENTE PROLONGADO   
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Por: Alfredo Martell

La incidencia de Embarazo Cronológicamente Prolongado (ECP) varía de 2,2% a 14% de acuerdo a los criterios empleados para definir o precisar el embarazo postérmino. Mientras más exacto sea el conocimiento de la fecha de concepción, preferiblemente con un estudio ultrasonográfico precoz, menor será su frecuencia. Existe una mayor incidencia en: primigestas muy jóvenes, añosas, grandes multíparas y pacientes con bajo nivel socio-económico. El antecedente de ECP aumenta el riesgo en más del 50% en los embarazos subsiguientes.

La morbimortalidad perinatal aumenta significativamente y las principales razones son: macrosomía, con el consiguiente trauma fetal, síndrome de postmadurez, oligoamnios, sufrimiento fetal intraparto y aspiración meconial. El tratamiento del ECP se basa en la vigilancia adecuada del feto postérmino. El PBF es el método más confiable para controlar el bienestar fetal en el ECP.

Una vez que se completan las 42 semanas, si la escala de Bishop supera los 7 puntos, el peso fetal estimado es menor a 4500g, y la pelvis es adecuada, se debe proceder a la inducción del parto. Si el cuello no es favorable, se pueden continuar las pruebas de vigilancia fetal mientras madura el cuello espontáneamente o con el uso inductores de madurez cervical. Si existe disminución del VLA, peso fetal estimado igual o mayor a 4.500 g, y pruebas de vigilancia anormales, se debe practicar una cesárea. Si el líquido es meconial espeso, se puede intentar la amnioinfusión y al momento del nacimiento hacer una aspiración nasofaríngea y endotraqueal adecuada para evitar el sindrome de aspiración meconial.

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